Sentencia N° 687 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de agosto de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00687, Exp. 2025-0169, 07/08/2025
Expediente2025-0169
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Tabacalera La Aromática, C.A. contra la Resolución de Improcedencia de Compensación emitida por el SENIAT. La Sala declaró con lugar el recurso, anulando la resolución impugnada y confirmando la procedencia de la compensación de créditos fiscales. Se destacó la importancia de la prescripción en materia tributaria y se reafirmó que las obligaciones tributarias son líquidas y exigibles, permitiendo la compensación sin necesidad de un pronunciamiento administrativo previo.

Extracto de la motiva

Vinculado a lo expuesto, el conocimiento en consulta de los fallos que desfavorezcan a la República, no puede generar una cognición en segunda instancia más extensa que la producida por el ejercicio de los medios de impugnación previstos en las leyes aplicables y que, por causas inherentes a los titulares de esta prerrogativa, no han sido interpuestos en las oportunidades procesales correspondientes. Tampoco se encuentra condicionado a una cuantía mínima, conforme se dejó sentado en la referida decisión número 1.658 del 10 de diciembre de 2014, por lo que en la causa bajo estudio los requisitos a considerar para la procedencia de la prerrogativa procesal son los siguientes: 1.- Que se trate de sentencias definitivas o interlocutorias que causen gravamen irreparable, es decir, revisables por la vía ordinaria del recurso de apelación. 2.- Que las indicadas decisiones judiciales resulten contrarias a las pretensiones del ente exactor. Asimismo, de ser procedente la consulta se verificará: (i) si el fallo se aparta del orden público; (ii) si violenta normas de rango constitucional o interpretaciones y criterios vinculantes sentados por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal; (iii) si ha quebrantado formas sustanciales en el proceso o de las demás prerrogativas procesales; o (iv) si hubo en la decisión una incorrecta ponderación del interés general (vid., decisión de la Sala Constitucional número 1.071 del 10 de agosto de 2015, caso: María del Rosario Hernández Torrealba), supuestos en los cuales se declarará la nulidad de la sentencia. Circunscribiendo el caso bajo análisis a las exigencias señaladas en los referidos criterios jurisprudenciales, esta Superioridad constata lo siguiente: a) se trata la sentencia definitiva número 02/2024 de fecha 29 de febrero de 2024 dictada por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; b) dicho fallo resultó contrario a las pretensiones del Fisco Nacional; y, c) se trata de un asunto de naturaleza tributaria donde se encuentra involucrado el orden público (vid., sentencia de esta Sala Político-Administrativa número 1.747 del 18 de diciembre de 2014, caso: Importaciones Producciones Enológicas, C.A.), así como también el interés general, habida cuenta que subyace un eventual menoscabo económico para el patrimonio de la República, (vid., el mencionado fallo de la Sala Constitucional número 1.071 del 10 de agosto de 2015), lo cual pudiera perjudicar el correcto funcionamiento del Estado, razones estas que a juicio de esta Máxima Instancia hacen procedente la consulta. Así se declara.

Dispositiva

Se ANULA la Resolución impugnada y las planillas de liquidación 021001244000001, 021001250000001 de fecha 13/02/2013 y 021001250000006 de fecha 21/08/2013, que sirve de fundamento, según los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

Contencioso TributarioCompensaciónSENIATPrescripción

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca