DecisiónSe ordena oficiar al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. Se constató la falta de remisión de un cuaderno separado que contenía una acción de amparo cautelar relacionada con el caso. La Sala ordenó al Tribunal de la causa remitir dicho cuaderno para garantizar la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
Al respecto, esta Alzada advierte de igual modo, que del texto de la sentencia de fondo (apelada), no se aprecia en qué sentido fue decidida la referida acción de amparo cautelar, esto es, si fue declarada procedente o improcedente, es decir, que esta Máxima Instancia desconoce si la mencionada sentencia fue dictada en contra de los intereses de la República Bolivariana de Venezuela, lo cual traería como consecuencia su consulta obligatoria, por lo que no podría considerarse definitivamente firme el mencionado fallo, y mucho menos terminada la causa. (vid., fallo de la Sala Político-Administrativa N° 00379 de fecha 10 de mayo de 2023, caso: M&M Distribuciones Los Andes, C.A.). Ante tal situación, que de concretarse pudiera violentar el orden público, este Alto Tribunal, siempre orientado a garantizar la tutela judicial efectiva, y de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…)”; requiere a la Jueza Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, la remisión del cuaderno separado contentivo de la acción de amparo cautelar incoada conjuntamente con el recurso contencioso tributario interpuesto por el fondo de comercio Mandon Bicimotos Vicman, debidamente foliado. Asimismo, se advierte que la no remisión de lo requerido podrá dar lugar a la aplicación de la sanción contemplada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.684 Extraordinario de fecha 19 de enero de 2022, “(…) equivalente hasta doscientas veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela (…), sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar (…)”.
Dispositiva
Se ordena oficiar al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, a fin de remitir a esta Sala lo solicitado, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en autos la última de las notificaciones practicadas.