La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Ferretería La Carabobeña, C.A. La decisión se basa en la nulidad de la Providencia Administrativa que dio inicio al procedimiento de verificación, por no cumplir con los requisitos formales establecidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y el Código Orgánico Tributario. Se ordena a la Administración Tributaria emitir planillas sustitutivas conforme a lo decidido.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación incoado por la sustituta del Procurador General de la República, en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva N° PJ602014000023 dictada el 17 de enero de 2014 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Vista la declaratoria contenida en la sentencia apelada, así como las objeciones formuladas en su contra por la representación fiscal y los alegatos formulados en la contestación a la apelación, se observa que la controversia planteada en el presente caso se circunscribe a decidir en forma previa, si el Tribunal de mérito al dictar el fallo apelado, incurrió en errónea interpretación de la “normativa aplicable” que dio inicio al procedimiento de verificación y las actuaciones posteriores. En cuanto al fondo del asunto controvertido, de ser procedente su análisis, deberá esta Sala resolver lo relativo a: i) los vicios de falso supuesto de hecho y falso supuesto de derecho denunciados contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ/2011-0099 del 12 de enero de 2011 impugnada, ii) la aplicabilidad de la figura de delito continuado, y iii) falso supuesto de derecho al interpretar de manera errónea el artículo 81 del indicado Código Orgánico Tributario de 2001.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sustituta del Procurador General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva N° PJ602014000023 dictada el 17 de enero de 2014 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio FERRETERÍA LA CARABOBEÑA, C.A.; en consecuencia, se REVOCA el fallo apelado. 2.- Conociendo el fondo del asunto, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por el representante legal de la sociedad mercantil Ferretería La Carabobeña, C.A., en consecuencia, queda firme la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ/2011/0099 del 12 de enero de 2011, salvo lo relacionado con la aplicación de la concurrencia de infracciones, lo cual se ANULA. Así se decide. Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir planillas sustitutivas acorde a lo decidido en la presente causa.
Palabras clave
Contencioso TributarioVerificación FiscalNulidad Administrativa