Sentencia N° 684 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de mayo de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00684, Exp. 1297, 16/05/2002
Expediente1297
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-05-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por José Aurelio Contreras Escalante contra la Resolución del Ministro de la Defensa que declaró improcedente su recurso de revisión. La Sala determinó que el recurso de revisión es un recurso extraordinario que solo procede contra actos administrativos firmes y que los motivos alegados por el recurrente no configuraban la procedencia del mismo.

Extracto de la motiva

El recurso de revisión es un recurso extraordinario por cuanto procede sólo contra actos administrativos firmes, y por los motivos taxativos establecidos por el legislador. En efecto, de conformidad con el artículo 97 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, estos motivos son: a) cuando hubieren aparecido pruebas esenciales para la resolución del asunto, no disponibles para la época de su tramitación; b) cuando en la resolución objeto del recurso de revisión hubieren influido en forma decisiva, documentos o testimonios que fueron declarados posteriormente falsos por sentencia definitivamente firme y c) cuando la resolución cuya revisión se pide hubiere sido adoptada por cohecho, violencia, soborno u otra manifestación fraudulenta y ello hubiere quedado establecido en sentencia judicial definitivamente firme. La interposición de estos recursos debe hacerse directamente ante el Ministro correspondiente y según el artículo 98 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la sentencia que establezca la manifestación fraudulenta o la falsedad de los documentos o a la fecha de haberse tenido noticia de la existencia de las pruebas esenciales que aparecieron después de tramitado el asunto, según sea el caso.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano JOSÉ AURELIO CONTRERAS ESCALANTE contra la Resolución Nº DS-3374 de fecha 27 de junio de 2000, suscrita por el Ministro de la Defensa, mediante la cual declaró improcedente el recurso de revisión interpuesto contra la Resolución Nº DG-5883 de fecha 17 de junio de 1996, emanada ministro en referencia, por la cual fue pasado a la situación de retiro por medida disciplinaria.

Palabras clave

nulidadacto administrativorecurso de revisiónsanción disciplinariaprocedimiento administrativojusticia administrativadefensamilitar

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