Sentencia N° 683 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de junio de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00683, Exp. 2013-0789, 08/06/2017
Expediente2013-0789
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-06-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Zapatería Átomo, C.A. contra la Resolución del SENIAT que impuso sanciones por incumplimiento de deberes formales. La sentencia del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario fue revocada, declarando sin lugar el recurso de la contribuyente y confirmando la sanción impuesta. Se condenó en costas a la recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que uno de los ilícitos detectados en el procedimiento de verificación surgió debido a que la contribuyente emitió facturas que no cumplen con las exigencias que establece la Resolución Nro. 320 del 28 de diciembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nro. 36.859 el 29 del mismo mes y año, dicho requisito corresponde a un deber formal en materia de impuesto al valor agregado, tributo que dentro de sus características tiene un período de imposición de un mes calendario como lo prevé el artículo 32 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado de 2002. Por lo tanto, una vez establecidas las multas con fundamento, en este caso, en el artículo 101 del Código Orgánico Tributario de 2001, vigente ratione temporis, el órgano exactor se dispuso a establecer la pena máxima aplicable para el período de imposición, que como se dijo anteriormente es mensual y no anual como lo quiere hacer ver la recurrente.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva Nro. 1878 del 30 de enero de 2013, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad de comercio ZAPATERÍA ÁTOMO, C.A., contra la Resolución identificada con el Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2009/2036 del 22 de julio de 2009, emanada del Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido el 11 de julio de 2007 contra la Resolución Nro. 22516 del 9 de octubre de 2006, dictada por la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del aludido Servicio Autónomo, que impuso a cargo de la mencionada contribuyente la obligación de pagar sanciones de multa por la cantidad total de quinientas treinta y siete coma cinco unidades tributarias (537,5 U.T.), con base en los artículos 101 y 102 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis, en razón de: i) tener en su establecimiento los libros de compra y venta sin cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 72, 75, 76 y 77 del Reglamento de la Ley de Impuesto al Valor Agregado del año 1999, en contravención a lo previsto en el artículo 56 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado de 2002 y; ii) emitir facturas que no cumplen con las exigencias que establece la Resolución Nro. 320 del 28 de diciembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nro. 36.859 el 29 del mismo mes y año, en detrimento de lo estatuido en los artículos 54 y 57 de la referida Ley; todo ello, durante los períodos fiscales correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2005; la cual queda FIRME.

Palabras clave

recurso contencioso tributariosanciones tributariasSENIAT

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