Sentencia N° 682 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de junio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00682, Exp. 2013-0563, 19/06/2013
Expediente2013-0563
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-06-18
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad ACABADO Y RECUBRIMIENTO DE PIELES Y TEXTILES, C.A. (ARPITEX) contra la sentencia definitiva N° 1.404 del 29 de marzo de 2011. Se determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación de la apelación dentro del lapso establecido, lo que llevó a declarar el desistimiento tácito de la misma. La decisión del Tribunal de instancia queda firme.

Extracto de la motiva

(…) La citada disposición establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma impone como consecuencia jurídica a la falta de comparecencia de la parte apelante, el desistimiento tácito de la apelación. Visto lo anterior, esta Máxima Instancia verifica en el caso bajo examen que mediante auto del 8 de mayo de 2013, la Secretaría de la Sala dejó constancia del cómputo que evidencia el vencimiento del lapso del cual disponía la parte apelante para cumplir con la obligación de consignar el escrito en el cual fundamentase su apelación. Así, quedó demostrado que desde el día en que se dio cuenta del ingreso del expediente -10 de abril de 2013- exclusive, hasta el día en que venció el lapso establecido en el auto de la citada fecha, esto es, el 7 de mayo de 2013, inclusive, transcurrieron diez (10) días de despacho correspondiente a los días 11, 16, 17, 18, 23, 24, 25, 30 de abril; 2, 7 de mayo de 2013, sin que la contribuyente presentara su escrito de fundamentación de la apelación. Por esta razón, se estima que al no haber consignado la representación judicial de la empresa Acabado y Recubrimiento de Pieles y Textiles, C.A. (ARPITEX) el mencionado escrito en el cual expresase los fundamentos para solicitar la revocatoria del pronunciamiento judicial atacado por el referido medio de impugnación, no puede esta Máxima Instancia entrar a conocer y decidir la apelación incoada, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a la señalada parte. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad de comercio ACABADO Y RECUBRIMIENTO DE PIELES Y TEXTILES, C.A. (ARPITEX), contra la sentencia definitiva N° 1.404 del 29 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, queda FIRME la aludida decisión judicial. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase al Tribunal de origen tanto el expediente N°AP41-U-2008-000246 como el cuaderno separado distinguido con el N° AF46-X-2010-000006. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

intimaciónderechos tributariosjuicio ejecutivodefensaadministración tributarialegitimación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca