Sentencia N° 680 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de agosto de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00680, Exp. 2012-1513, 07/08/2025
Expediente2012-1513
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 1.113 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, confirmando la decisión en todas sus partes. Se establece que la sanción aplicable a EUROLOGISTIC GROUP, C.A. es de 550 Unidades Tributarias, y se ordena la emisión de una nueva Planilla de Liquidación. Además, se determina que no procede la condenatoria en costas al Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

motiva de esta decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado (…)”. (Mayúsculas, negrillas y subrayados de esta Alzada). En fecha 12 de junio de 2013, se libraron los oficios números 1708 y 1709, dirigidos a la contribuyente Eurologistic Group, C.A y al Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), respectivamente, a los fines de notificarlos de la sentencia número 00457 de fecha 7 de mayo de 2013, publicada el 8 de mayo del aludido año. Constan en el expediente diligencia del Alguacil de esta Sala de fecha 23 de julio de 2013, mediante la cual dejó constancia de la notificación mediante el oficio número 1709, del Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), recibido por la ciudadana Daniela Camacho adscrita a la Dirección de Recursos Jurídicos Aduanero y Tributario de dicho órgano fiscal.

Dispositiva

ORDENA notificar al representante legal y/o judicial de la sociedad de comercio EUROLOGISTIC GROUP, C.A., del contenido de este fallo y de la sentencia número 00457 de fecha 7 de mayo de 2013 publicada el 8 del aludido mes y año, en tal sentido, dicha notificación deberá practicarse mediante boleta publicada en la cartelera de esta Alzada, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la página web de este Tribunal.

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