Sentencia N° 68 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de marzo de 2020

TSJ/SPA, Sent. N° 00068, Exp. 2015-0283, 04/03/2020
Expediente2015-0283
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2020-03-03
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00350, declara procedente la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia Nro. 00428 del 18 de abril de 2018, que había declarado con lugar la demanda de nulidad interpuesta por Rodolfo José Tovar Mata. Se extienden los efectos de la sentencia anulando un acto administrativo emitido por el Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte, y se ordena su cumplimiento en un lapso de treinta días consecutivos tras la notificación.

Extracto de la motiva

A los fines de dilucidar lo conducente, debe indicarse que esta Sala ha precisado el acto reeditado es aquel que se presenta idéntico en su contenido y finalidad a uno precedentemente dictado por la misma autoridad, o por otra de su propia esfera de competencias, cuyo objetivo se presume constituido por la intervención del órgano autor del acto de reafirmar el contenido de su decisión originaria cuando ya han operado los mecanismos para el ejercicio del control de la legitimidad ante el organismo competente. (Vid., sentencia Nro. 400 de fecha 4 de julio de 2017). Más concretamente, la reedición de un acto administrativo consiste en la acción de la Administración de dictar uno nuevo, con similar o idéntico contenido de otro que ha sido objeto de control por parte de algún órgano de la jurisdicción contencioso.

Dispositiva

1.- PROCEDENTE la solicitud formulada mediante escritos de fechas 17 de julio de 2018, 6 de junio y 27 de noviembre de 2019, por el apoderado judicial del ciudadano RODOLFO JOSÉ TOVAR MATA, ya identificado. En consecuencia, EXTIENDE LOS EFECTOS del fallo Nro. 00428 del 18 de abril de 2018, al oficio que data del 18 de mayo del mismo año, emitido por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA JUVENTUD Y EL DEPORTE, y dirigido al Presidente de la Liga Profesional de Baloncesto de Venezuela (LPB), en consecuencia se anula el mismo. 2.- DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA y tal efecto, ORDENA al Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte dé cumplimiento a lo establecido en la decisión Nro. 00428 del 18 de abril de 2018, en un lapso de treinta (30) días consecutivos una vez que conste su notificación.

Palabras clave

nulidadejecución forzosasentencia

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