Sentencia N° 68 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de enero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00068, Exp. 2004-2176, 24/01/2007
Expediente2004-2176
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2007-01-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el abogado Víctor Álvarez Medina, en representación de Telecomunicaciones Movilnet C.A., contra los autos del Juzgado de Sustanciación que prorrogaban el lapso de evacuación de pruebas y fijaban nueva oportunidad para la declaración de un testigo. La apelación fue fundamentada en la supuesta ilegalidad de la prórroga y el diferimiento de la declaración del testigo, alegando que se había violado el derecho al debido proceso y el principio de preclusividad de los lapsos procesales.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación realizada por el abogado Víctor Álvarez Medina, actuando en representación de la sociedad mercantil Telecomunicaciones Movilnet C.A. (MOVILNET), contra los autos de fecha 14 de noviembre de 2006 del Juzgado de Sustanciación de esta Sala, mediante los cuales se prorrogó el lapso de evacuación de pruebas y se fijó nueva oportunidad para que tuviera lugar el acto de declaración testimonial del ciudadano Francisco Antonio Valera Muzzatti, en el recurso de nulidad incoado por la parte apelante, contra la providencia administrativa N° PADS-451 del 2 de junio de 2004, emanada de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, a tal fin, analizados los autos y los alegatos esgrimidos por la parte recurrente se observa lo siguiente: Conforme se desprende del escrito de fundamentación de la apelación presentado por la representación judicial de la sociedad mercantil Telecomunicaciones Movilnet, C.A. (MOVILNET), los abogados de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), al momento de solicitar la prórroga del lapso de evacuación de pruebas y el diferimiento de la oportunidad fijada para la evacuación de la declaración del testigo Francisco Antonio Valera Muzzatti, indicaron que de no ser posible “diferir la evacuación del mencionado testigo en la fecha solicitada, solicito se mantenga el día de mañana 15 de noviembre de 2006, a la hora fijada, a los fines de garantizar la evacuación de la prueba”. No obstante, el diferimiento solicitado fue acordado por el Juzgado de Sustanciación, pautándose como nueva oportunidad para la evacuación de la mencionada prueba el 16 de noviembre de 2006, fecha en la cual según se desprende de las copias que cursan a los folios 46 al 69 del cuaderno de la apelación, se efectuó la declaración testimonial del ciudadano Francisco Antonio Varela Muzzatti. Asimismo, conforme se evidencia de los autos, los abogados Víctor Álvarez Medina y Gilberto José Hernández Kondryn, este último inscrito en el IMPREABOGADO bajo el N° 101.792, en su carácter de apoderados de la sociedad mercantil Telecomunicaciones Movilnet, C.A. (MOVILNET), comparecieron al acto de declaración del testigo antes identificado, participando activamente en la evacuación de dicha prueba al ejercer de conformidad con el artículo 485 del Código de Procedimiento Civil su derecho a repreguntar al testigo, lo cual hicieron profusamente. En este sentido, también se desprende de los autos que en dicha oportunidad, los representantes de la parte apelante realizaron el control de la prueba, sin aludir en ningún momento a la supuesta ilegalidad de la prórroga y del diferimiento que cuestionan en la apelación que se analiza; por el contrario, los mencionados abogados actuaron en el acto de declaración del testigo sin acotar en ningún momento que consideraban ilegal la evacuación de dicha prueba, por realizarse dentro de una prórroga que consideraban había sido otorgada en contravención a las normas aplicables.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Víctor Álvarez Medina, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Telecomunicaciones Movilnet, C.A. (MOVILNET), contra los autos dictados el 14 de noviembre de 2006 por el Juzgado de Sustanciación, mediante los cuales se prorrogó el lapso de evacuación de pruebas y se fijó la oportunidad para que tuviera lugar el acto de declaración testimonial del ciudadano Francisco Antonio Valera Muzzati, promovido por la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL), en el recurso de nulidad incoado por la parte apelante, contra la providencia administrativa N° PADS-451 del 2 de junio de 2004, emanada de la mencionada Comisión Nacional de Telecomunicaciones. En consecuencia, se CONFIRMAN los autos dictados por el Juzgado de Sustanciación antes identificados. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Juzgado de Sustanciación. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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