Sentencia N° 68 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de febrero de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00068, Exp. 2002-1159, 04/02/2004
Expediente2002-1159
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-02-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de acumulación de dos expedientes relacionados con recursos de nulidad interpuestos por el Banco Provincial, S.A. contra actos administrativos del Ministerio de Finanzas. Se argumentó que existía identidad de personas y título entre ambos casos, lo que justificaba la acumulación de las causas. La Sala determinó que no había impedimentos para la acumulación y decidió en consecuencia.

Extracto de la motiva

Siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la solicitud de acumulación propuesta esta Sala observa: En lo referente a la conexión entre distintas causas y los criterios que la definen, los artículos 51 y 52 del Código de Procedimiento Civil establecen: 'Artículo 51: Cuando una controversia tenga conexión con una causa ya pendiente ante otra autoridad judicial la decisión competerá a la que haya prevenido. La citación determinará la prevención. En el caso de continencia de causa, conocerá de ambas controversias el Juez ante el cual estuviere pendiente la causa continente, a la cual se acumulará la causa contenida. Artículo 52: Se entenderá también que existe conexión entre varias causas a los efectos de la primera parte del artículo precedente: 1º) Cuando haya identidad de personas y objetos, aunque el título sea diferente. 2º) Cuando haya identidad de personas y título, aunque el objeto sea distinto. 3º) Cuando haya identidad de título y de objeto, aunque las personas sean diferentes. 4º) Cuando las demandas provengan del mismo título, aunque sean diferentes las personas y el objeto.' Corresponde a la Sala determinar si, tal como lo solicita la representación de la República, existe identidad de personas y título, o se presenta alguno de los otros supuestos comprendidos en la normativa transcrita.

Dispositiva

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la ACUMULACIÓN de las causas cursantes en los expedientes identificados con las nomenclaturas 2002-1159 y 2002-1158, que cursan ante esta Sala.

Palabras clave

acumulaciónnulidadprocedimiento administrativoidentidad de personasderecho a la defensadebido procesoBanco ProvincialMinisterio de Finanzas

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