Sentencia N° 678 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de julio de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00678, Exp. 2015-0195, 20/07/2023
Expediente2015-0195
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-07-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil SOBRE VUELO, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INA/GAPAMAI/AAJ/2012-002010, que impuso una multa por la falta de reexportación de una aeronave bajo el régimen de admisión temporal. La Sala confirma la decisión del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario en primera instancia, argumentando que la contribuyente no cumplió con sus obligaciones aduaneras y no demostró la existencia de un caso fortuito que justificara su incumplimiento.

Extracto de la motiva

Precisado lo anterior, es conveniente señalar que el falso supuesto se configura cuando la Administración al dictar un determinado acto administrativo fundamenta su decisión en hechos inexistentes, falsos o que ocurrieron de manera distinta a la apreciación efectuada por el órgano administrativo, verificándose de esta forma el denominado falso supuesto de hecho; igualmente, cuando los hechos que sirven de fundamento a la decisión administrativa existen, se corresponden con lo acontecido y son verdaderos, pero la Administración al emitir su pronunciamiento los subsume en una norma errónea o inexistente en el derecho positivo, se materializa el falso supuesto de derecho. Por tal virtud, dicho vicio se presenta cuando se omite la consideración de circunstancias que, de haberse tomado en cuenta, hubieran conducido a una decisión diferente, como es el caso de la eximente de responsabilidad penal tributaria prevista en el numeral 3 del artículo 85 del Código Orgánico Tributario de 2001, que establece que no se incurre en responsabilidad cuando se presenta un caso fortuito o fuerza mayor, lo cual no fue debidamente valorado por el tribunal de instancia, quien se limitó a aplicar el artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas sin considerar la situación particular de la contribuyente, que se vio imposibilitada de cumplir con la reexportación de la aeronave debido a un accidente, lo que debió ser considerado como un hecho eximente de responsabilidad. En consecuencia, se concluye que la decisión del tribunal a quo incurrió en un falso supuesto de hecho al no aplicar la norma que exime de responsabilidad en este contexto, lo que afecta la validez de la sanción impuesta y, por ende, la legalidad del acto administrativo que se impugna en este recurso contencioso tributario.

Dispositiva

Se CONFIRMA la Resolución de Imposición de Sanción No. SNAT/INA/GAPAMAI/AAJ/2012-002010 de fecha 21 de marzo de 2012, emanada por el Gerente de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, por la cantidad de Seiscientos Doce Mil Setecientos Cincuenta Bolívares (Bs. 612.750,00). Se CONDENA en costas procesales a la contribuyente SOBRE VUELO, C.A., de una cantidad de cinco (5%) del monto de la deuda tributaria.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónAduanas

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