DecisiónCon Lugar, se revoca la sentencia anterior y se anula el quantum de la sanción de multa.
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. Se revocó la decisión anterior que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario presentado por Tomas Ramón Ramírez Roa, presidente de la sociedad mercantil Restaurant y Fuente de Soda la Arepa Cuadrada, S.R.L. La Sala declaró que la sociedad estaba disuelta y que las sanciones impuestas no podían ser ejecutadas. Además, se anula el quantum de la sanción de multa impuesta por el SENIAT.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR: Revisado y analizado cada uno de los argumentos expuestos por las partes, y estando en la oportunidad legal para decidir, conforme a lo establecido en el artículo 304 del Código Orgánico Tributario vigente, esta juzgadora procede a emitir pronunciamiento y observa que la presente decisión se circunscribe en la verificación de los siguientes aspectos: Alega que la administración tributaria incurrió en Violación al Principio de legalidad y al Principio de Seguridad Jurídica, al no tomar en cuenta el Decreto N° 4.160 publicado por el Ejecutivo Nacional para atender la emergencia sanitaria del covid -19,(sic) ya que las sanciones aplicadas para los periodos desde 09/03/2020 al 15/03/2020, desde 16/03/2020 al 22/03/2020 desde 20/04/2020 al 26/04/2020, desde 04/05/2020 al 10/05/2020 y desde 01/04/2020 al 30/04/2020. Eran fechas de la llamada cuarentena obligatoria según lo estableció dicho decreto, el cual suspendió todas las actividades ya sean laborales académicas o profesionales, hecho que fue público y notorio, circunstancias estas que impidieron que el responsable administrativo asistiera a la sede de la empresa, razón por la cual no se presentaron las declaraciones en su momento. Que debe dicha situación debe considerarse (sic) como un eximente de responsabilidad, debido al llamado de Estado de Emergencia por el Ejecutivo Nacional siendo este decreto una prioridad como medida para cumplir con las medidas de seguridad y salubridad; además invoca la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 28 Sentencia N° 3180 de fecha de fecha (sic) 15/12/2004 caso Tecnoagrícola los Pinos Tecpica C.A. Alega al respecto, que la omisión de la Declaración ‘NO LESIONA ni causa perjuicio tributario, tal es así que la mayoría de ellas fueron expresadas en CERO, y en cero porque la Sociedad Mercantil no estaba realizando operaciones no podía además hacerlo porque debía cumplir con el Decreto de Estado de Emergencia y tal circunstancia de
Dispositiva
1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva número 032-23, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, la cual se REVOCA. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Tomás Ramón Ramírez Roa, en su carácter de responsable solidario de la Sociedad Mercantil ‘RESTAURANT Y FUENTE DE SODA LA AREPA CUADRADA S.R.L.’, contra la Resolución de Imposición de Sanción N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DF/2021/IVA-ISLR/00358/00029, dictada por el SENIAT, la cual queda FIRME, excepto el quantum de la sanción de multa que SE ANULA.