La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa El Tacón C.A. contra la Resolución del SENIAT que determinó obligaciones tributarias. Se establece que las obligaciones estaban prescritas, ya que el plazo de prescripción de cuatro años había transcurrido sin interrupciones. La Sala también determina que no procede la condena en costas a la República.
Extracto de la motiva
En efecto, como se puede ver, la prescripción puede operar a favor de la contribuyente responsable y en perjuicio de la Administración, de acuerdo al caso, esto en virtud que es una figura de aplicación genérica, que se verifica, siempre que se produzca una serie de requisitos y condiciones, a saber: 1.- La inactividad o inercia del acreedor, quien no ejerce su derecho a hacer efectivo el crédito o realiza actuaciones negligentes que no son capaces de interrumpir o suspender la prescripción. 2.- Que transcurra el tiempo establecido por la ley de forma interrumpida. 3.- Y por último, es necesario que el deudor a quien la figura de la prescripción beneficia la promueva. Sin embargo, en el presente caso la condición de inactividad no alcanza únicamente a la Administración, sino también a la contribuyente quien debe igualmente permanecer inerte, puesto que si sus actos están dirigidos a reconocer o a efectuar pagos de la obligación, se produce la interrupción de la prescripción. Por su parte la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia Nro. 00434 del 19 de mayo de 2010, caso: Distribuidora Santos, S.R.L.) establece que: (…)
Dispositiva
Se declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente EL TACÓN C.A. contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2012/0362 de fecha 8 de mayo de 2012, y se anula dicha resolución.