La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad interpuesta por Diego Antonio Araujo Aguilar, quien impugnó su remoción como Juez Temporal del Tribunal Séptimo de Primera Instancia. La Sala determinó que el demandante gozaba de inamovilidad por fuero paternal, lo que invalidaba su despido. Se acordó restablecer el pago de su salario y la cobertura del seguro médico, mientras dure el juicio. La solicitud de reincorporación al cargo fue desestimada, ya que implicaría un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del asunto.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el acto administrativo impugnado, que dejó sin efecto la designación del recurrente como Juez Temporal, es nulo por vulnerar su derecho a la inamovilidad laboral por fuero paternal. Se establece que la protección de la paternidad se extiende desde la concepción hasta dos años después del parto, lo que incluye el periodo en que el demandante fue removido de su cargo. La Sala también resalta la importancia de garantizar los derechos laborales y la estabilidad en el empleo, especialmente en el contexto de la protección de la familia.
Dispositiva
1.- Se declara la COMPETENCIA para conocer de la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por el abogado DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y petición subsidiaria de medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- Se ADMITE la demanda contencioso administrativa de nulidad incoada. 3.- Se declara PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar propuesta, ordenando restablecer el pago del salario y la cobertura del seguro médico del recurrente.