La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 05951, declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Carmen Yolanda Rodríguez Guerra contra el acto administrativo que dejó sin efecto su designación como Jueza. La Sala argumentó que la designación era de carácter temporal y que la Comisión Judicial tenía la potestad de removerla sin necesidad de un procedimiento administrativo previo. Además, se consideró que la recurrente no había demostrado haber ingresado al cargo a través de un concurso de oposición público, lo que justificaba la decisión de la Comisión Judicial.
Extracto de la motiva
La Sala ratifica que la Comisión Judicial tiene la facultad de remover a los jueces provisorios sin necesidad de un procedimiento administrativo previo, dado que su designación es de carácter temporal. Se establece que la recurrente no demostró haber ingresado al cargo mediante un concurso de oposición, lo que la coloca en una posición de inestabilidad laboral. La Sala también señala que la decisión de la Comisión Judicial no requiere motivación específica, dado el carácter discrecional de su potestad para designar y remover jueces temporales.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada por la ciudadana CARMEN YOLANDA RODRÍGUEZ GUERRA, contra el acto dictado por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, mediante el cual resolvió dejar sin efecto su designación como Jueza del Juzgado Décimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado.