DecisiónADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Superquímica, C.A. contra las Providencias Administrativas Nros. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455 dictadas por el SENIAT. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declinado su competencia, remitiendo el caso a esta Sala, que se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso y la solicitud de amparo cautelar. Finalmente, se declara improcedente la solicitud de amparo constitucional ejercida de manera conjunta al recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala considera que las Providencias Administrativas números SNAT/2002/1.419 y SNAT/2002/1.455, efectivamente son actos administrativos generales de efectos generales, con una incuestionable naturaleza normativa que incide en la esfera jurídico-subjetiva de los señalados contribuyentes especiales. Así se declara. Ahora bien, una vez advertida la generalidad de los actos impugnados, así como de sus efectos, debe observarse si, efectivamente, la competencia para conocer de los mismos corresponde a esta Sala, o si, por el contrario, resulta atribuida a otro tribunal de la jurisdicción contencioso administrativa; así, se advierte que ha sido demandada la nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad de los actos, dictados bajo la forma de providencias administrativas, emanados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Por su parte, la Ley del SENIAT sostiene en su artículo 1° que dicho servicio es '...el órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, sin perjuicio de lo establecido en otras leyes.'...
Dispositiva
1- ACEPTA la competencia en los términos descritos en el presente fallo, por remisión expresa de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2- ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil SUPERQUÍMICA, C.A., contra las Providencias Administrativas Nos. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455 dictadas por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) en fechas 15 y 29 de noviembre de 2002, respectivamente. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional ejercida de manera conjunta al recurso contencioso administrativo en referencia.
Palabras clave
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