Sentencia N° 673 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00673, Exp. 2003-0404, 15/03/2006
Expediente2003-0404
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-03-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre una demanda por incumplimiento de contrato presentada por Wilmers Santiago Olivera, representado por el abogado José Félix Zambrano, contra el Municipio Guanarito del Estado Portuguesa. La demanda se basa en un contrato para la ejecución de obras públicas que no fue cumplido por el Municipio, quien no compareció al proceso judicial. La Sala declara la confesión ficta del Municipio por su inacción y determina que el contrato es válido y exigible.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Municipio Guanarito del Estado Portuguesa no compareció a la contestación de la demanda, lo que conlleva a declarar la confesión ficta del Municipio. Se establece que el contrato celebrado entre las partes es válido y que el Municipio incumplió con sus obligaciones de pago. La Sala concluye que la parte demandante cumplió con los requisitos establecidos en el contrato y que el Municipio debe pagar la cantidad adeudada por concepto de la valuación única correspondiente a la ejecución de la obra pública. Asimismo, se ordena la práctica de una experticia complementaria para determinar los intereses moratorios a favor del demandante.

Dispositiva

Se declara CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato ejercida por el abogado José Félix Zambrano, apoderado judicial de la empresa CONSTRUCCIONES M.W. contra EL MUNICIPIO GUANARITO DEL ESTADO PORTUGUESA. Se CONDENA al MUNICIPIO GUANARITO DEL ESTADO PORTUGUESA AL PAGO de Once Millones Quinientos Veinte Mil Ciento Sesenta y Cinco Bolívares con Sesenta Céntimos (Bs.11.520.165,60), por concepto de Valuación Única correspondiente a la ejecución de la obra pública 'ACONDICIONAMIENTO Y REALCE DE LAS VÍAS AGRÍCOLAS Y RURALES EN LOS CASERÍOS GUAICAL Y LAS MALVINAS DEL MUNICIPIO GUANARITO', al ciudadano Wilmers Santiago Olivera, propietario de la firma personal CONSTRUCCIONES M.W. Se ORDENA practicar la experticia complementaria, en los términos expuestos en la motiva de este fallo. Se declara IMPROCEDENTE la indexación solicitada. Se CONDENA EN COSTAS al Municipio Guanarito del Estado Portuguesa, conforme a lo dispuesto en los artículos 274 y 287 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencido en este proceso.

Palabras clave

incumplimiento de contratoobra públicamunicipiovaloresintereses moratoriosresponsabilidad civilcontrato administrativo

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