La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 736 del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de las sucesiones de DOREL KARNIOL SIGAL y CLARA USER de KARNIOL. La decisión se fundamenta en que los herederos no pudieron demostrar que el retardo en el pago del impuesto sucesoral fue imputable a un caso fortuito o fuerza mayor, por lo que se ratifican los intereses moratorios aplicados por la Administración Tributaria.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la mora en el cumplimiento de la obligación tributaria es un hecho que debe ser analizado en función de la culpabilidad del deudor. En este caso, se establece que el incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los herederos de las sucesiones de DOREL KARNIOL SIGAL y CLARA USER de KARNIOL no se debió a un caso fortuito o fuerza mayor, sino a la falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. Por lo tanto, se concluye que los intereses moratorios son procedentes y deben ser calculados desde el momento en que se vencieron los plazos para el pago de los impuestos sucesorales.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 736 de fecha 27 de julio de 2004, dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por los apoderados judiciales de los integrantes de las sucesiones de DOREL KARNIOL SIGAL y CLARA USER de KARNIOL contra la Resolución N° RCA-DJT-CRJ-2003-00016, dictada el 27 de enero de 2003 por la Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 2.- REVOCA la sentencia dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 27 de julio de 2004. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por los apoderados judiciales de los sucesores de DOREL KARNIOL SIGAL y CLARA USER de KARNIOL contra la mencionada resolución. 4.- FIRME la Resolución N° RCA-DJT-CRJ-2003-00016 del 27 de enero de 2003, así como las Resoluciones Nros. RCA-DR-CS-2002-000544, RCA-DR-CS-2002-000545 y RCA-DR-CS-2002-000541 todas de fecha 12 de agosto de 2002 emanadas de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y, las Planillas de Pago Nros. 01-10-01-2-38-000088, 01-10-01-2-38-000089 y 01-10-01-2-38-000090, todas de fecha 14 de agosto de 2002.