Sentencia N° 670 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de agosto de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00670, Exp. 1973-0447, 07/08/2025
Expediente1973-0447
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la solicitud de expropiación presentada por la República Bolivariana de Venezuela respecto a un área de terreno de 80,56 m², parte de un lote de 2.020 m², ubicado en la Calle Pantín, Municipio Chacao, Estado Miranda. La solicitud se fundamenta en el Decreto de Expropiación N° 857 de 1971, que declara la zona como especialmente afectada para la construcción de la Autopista Puente Veracruz-Baruta. Se ordena expedir copia certificada del fallo para su registro ante la oficina correspondiente, conforme a la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social. La sentencia resalta la importancia de la obra para el beneficio común y la necesidad de adquirir el inmueble para su ejecución, dado que no se logró un acuerdo amigable con el propietario. Finalmente, se establece que la Procuraduría General de la República deberá informar sobre el cumplimiento de la orden de registro dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la sentencia.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala, resolver la solicitud de expropiación planteada por la República, respecto de una parte del inmueble constante de ochenta metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados (M2 80,56), propiedad del ciudadano Joaquín Avellán, ya identificado, según consta de certificación de gravámenes de fecha 1° de febrero de 1988, emanada de la Oficina Subalterna del Tercer (3er) Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, que forma parte de mayor extensión de un lote de terreno de dos mil veinte metros cuadrados (2.020 m²), ubicado en la “(…) Calle Pantín, Municipio Chacao, Distrito Sucre del Estado Miranda (…) dicha solicitud se fundamentó en el (…) Decreto de Expropiación N° 857 de fecha 22 de diciembre de 1.971, publicado en la Gaceta Oficial N° 29693 de fecha 23 de diciembre de 1.971 (…) en el que se (…) declaró como zona especialmente afectada para la construcción [de la] Autopista Puente Veracruz-Baruta Distribuidor Ciempiés-Acceso Calle Pantín (…), constituido por un lote de terreno de dos mil veinte metros cuadrados (2.020 m²) (…)”. (Sic). (Agregado de la Sala).

Dispositiva

Se declara CON LUGAR la solicitud de expropiación planteada por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, respecto de un área de terreno de ochenta metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados (M2 80,56), que forma parte de mayor extensión de un lote de terreno de dos mil veinte metros cuadrados (2.020 m²), ubicado en la Calle Pantín, Municipio Chacao, Distrito Sucre del Estado Miranda.

Palabras clave

expropiaciónutilidad públicaautopistaCalle Pantín

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