Sentencia N° 669 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00669, Exp. 2012-0162, 10/06/2015
Expediente2012-0162
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-06-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Trina del Valle HERNÁNDEZ DÍAZ contra decisiones de la Contraloría General de la República que le impusieron sanciones administrativas. La Sala admitió el recurso en parte, pero declaró sin lugar las impugnaciones, considerando que no se evidenció la violación del derecho a la defensa ni del debido proceso, ya que la recurrente no compareció al procedimiento administrativo. La Sala reafirmó la validez de las sanciones impuestas, argumentando que la inhabilitación no es desproporcionada en relación a la gravedad de la falta cometida.

Extracto de la motiva

La validez de un acto administrativo comporta el cumplir con los requisitos de forma y de fondo legalmente establecido, entre otros, el deber del órgano de formar expediente, llevar el procedimiento legalmente establecido e informar al administrado del asunto de que se trate para garantizarle su derecho a la defensa. En este caso es necesario destacar que en el proceso de formación de la voluntad administrativa el órgano contralor, que declaró la responsabilidad administrativa e impuso multa, notificó a la recurrente para que se hiciera parte en el procedimiento administrativo y presentara pruebas, pero esta se excusó de comparecer tal como fue reconocido por sus apoderadas judiciales en el libelo. En consecuencia, no se evidencia en autos la violación del derecho a la defensa y al debido proceso por negativa del acceso al expediente durante la etapa de formación de la voluntad administrativa.

Dispositiva

1. ADMITE el recurso interpuesto por la ciudadana Trina del Valle HERNÁNDEZ DÍAZ, en contra de la Decisión de fecha 16 de febrero de 2007, dictada por la Supervisora de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Unidad de Auditoría Interna de BANFOANDES, BANCO UNIVERSAL C.A., actuando por delegación del Auditor Interno de dicha institución financiera, mediante la cual declaró la responsabilidad administrativa de la mencionada ciudadana y la sancionó con multa de doscientas (200) Unidades Tributarias, por los hechos ocurridos durante su desempeño como Promotora Financiera del referido banco. 2. SIN LUGAR el antes referido recurso interpuesto por la ciudadana Trina del Valle HERNÁNDEZ DÍAZ, en contra de la Decisión de fecha 16 de febrero de 2007, dictada por la Supervisora de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Unidad de Auditoría Interna de BANFOANDES, BANCO UNIVERSAL C.A., actuando por delegación del Auditor Interno de dicha institución financiera. En consecuencia, FIRME el acto. 3. SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Trina del Valle HERNÁNDEZ DÍAZ, en contra de la Resolución N° 01-00-000139 de fecha 27 de junio de 2011, emanada de la Contraloría General de la República, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° 01-00-000431 de fecha 9 de diciembre de 2010, que le impuso a la mencionada ciudadana la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de diez (10) años y, en consecuencia. FIRME dicho acto.

Palabras clave

inhabilitaciónproporcionalidadresponsabilidad administrativaContraloríasancionesfunciones públicas

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