Sentencia N° 668 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de junio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00668, Exp. 2016-0059, 28/06/2016
Expediente2016-0059
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-06-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 1.608 del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Carvica, C.A. contra una sanción impuesta por el SENIAT. La Sala encontró que la providencia administrativa que autorizó la verificación de deberes formales no cumplía con los requisitos legales, lo que llevó a la nulidad de la misma y de las actuaciones fiscales posteriores. Sin embargo, al revisar el fondo del asunto, la Sala determinó que la sanción impuesta era válida y que la empresa no había cumplido con las normativas fiscales correspondientes.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República del año 2008 (hoy artículo 84 del Decreto N° 2.173 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2015, reimpresa el 28 de marzo de 2016 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.220), pronunciarse en consulta sobre la sentencia definitiva Nº 1.608, dictada el 28 de enero de 2014 por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico por la representación legal de Inversiones Carvica, C.A. En ese sentido, esta Sala Político-Administrativa, siendo la Alzada natural y máxima instancia de la jurisdicción contencioso administrativa, de la cual forma parte la jurisdicción especial tributaria, en atención a lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, procede a efectuar el análisis correspondiente al referido fallo, no sin antes formular algunas precisiones en torno a la figura jurídica de la consulta. Así, este Órgano Jurisdiccional ha expresado que en el ordenamiento jurídico venezolano, esa figura ha sido estatuida como un mecanismo de control judicial en materias cuya vinculación con el orden público, constitucional y el interés general ameritan un doble grado de cognición. Constituye pues, un medio de revisión judicial o de examen de la adecuación al derecho, más no un supuesto de impugnación o ataque de las decisiones judiciales.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia N° 1.608 de fecha el 28 de enero de 2014, dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 1.1.- Conociendo en consulta se REVOCA el fallo definitivo de instancia que declaró la nulidad de la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico GRTI/RLL/DF/VDF/2008/1159 de fecha 5 de mayo de 2008, emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como de las demás actuaciones fiscales posteriores. 2. Conociendo el fondo del asunto controvertido, en aras de garantizar los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, celeridad procesal, el derecho a la defensa y al debido proceso, se declara: 2.1- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico por la contribuyente Inversiones Carvica, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GRLL-DJT-RJ-2009-000050 sin fecha, notificada el 13 de octubre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del mencionado Servicio Autónomo, la cual se CONFIRMA. Se CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la accionante, en los términos expuestos en esta decisión judicial.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónVerificación Fiscal

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