La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el apoderado judicial del Mayor de la Guardia Nacional, Alexander de Jesús Román, anulando el acto administrativo que le impuso una sanción de arresto severo y la inhabilitación para el desempeño de funciones. La Sala concluye que el acto impugnado adolece de vicios de falso supuesto de hecho, ya que no se encontraron pruebas que sustenten la acusación de presión o extorsión contra el recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el acto administrativo impugnado fue el resultado de una averiguación iniciada por el Director del Servicio de Resguardo Nacional, siguiendo instrucciones del Comandante General de la Guardia Nacional, relacionada con la presunta situación de connivencia entre el ciudadano Mayor (GN) Alexander de Jesús Román y abogados del libre ejercicio, en perjuicio del representante legal de la empresa DISTRIBUIDORA FINPAPEL, C.A. En el referido Informe de Resultados emanado del Coronel de la Guardia Nacional, Sub-Director del Servicio de Resguardo Nacional, se señala que no consta en las actuaciones de la presente investigación ningún elemento de juicio que hagan presumir tal supuesto; por cuanto en las entrevistas rendidas tanto por el ciudadano Kai Siegel Hucklenbroich, como por sus abogados apoderados, en ningún momento se manifiesta tal situación. La Sala colige que el acto impugnado se encuentra viciado de falso supuesto de hecho, el cual, por afectar la causa del acto, lo vicia de nulidad absoluta, debiendo en consecuencia ser declarada su nulidad, y así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano Mayor de la Guardia Nacional ALEXANDER DE JESÚS ROMÁN. En consecuencia, NULO el acto administrativo dictado en fecha 6 de abril de 2005 por el Comandante de la Guardia Nacional, tácitamente confirmado por el entonces MINISTRO DE LA DEFENSA (Hoy Ministro del Poder Popular para la Defensa), mediante el cual se impuso al prenombrado ciudadano “arresto severo (…) y de manera accesoria, inhabilitado para el desempeño de funciones inherentes al Servicio de Resguardo Nacional”. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Ofíciese al Ministro del Poder Popular para la Defensa y al Comandante General de la Guardia Nacional, a los fines indicados en este fallo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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