La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de suspensión de efectos del Decreto N° 6.317, que desafectó terrenos del uso agrícola. La representación judicial argumentó la existencia de un 'falso supuesto' por parte de la Administración, solicitando la medida cautelar. Sin embargo, la Sala concluyó que no se pudo comprobar la existencia del derecho de propiedad alegado por los recurrentes, lo que llevó a declarar improcedente la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
Se advierte que la representación judicial actora solicitó medida cautelar innominada con fundamento en lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil y sostuvo además que la referida cautelar consiste en la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado, de conformidad con lo previsto en el aparte 21 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Debe esta Sala precisar la medida cautelar a que hace referencia el apoderado judicial de los recurrentes, en virtud de que confunde la figura de la cautelar innominada con la de suspensión de efectos de los actos administrativos, previstas en el Código de Procedimiento Civil y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente; en tal sentido, cabe resaltar que dicha solicitud fue presentada de forma conjunta al recurso de nulidad, y siendo esta última la medida cautelar típica de dicho recurso, se estima que lo pretendido por los recurrentes en el presente caso es la suspensión de los efectos del acto impugnado establecida en el artículo 21, aparte 21 de la referida ley.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión al expediente principal. Archívese el cuaderno separado. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
suspensión de efectosnulidadacto administrativoderecho de propiedad