El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de la empresa Centro Médico Zambrano, C.A. La Sala revocó la decisión de instancia, declarando sin lugar el recurso contencioso tributario y confirmando la improcedencia de la cesión de créditos fiscales por falta de comprobación de los mismos. Además, se condenó en costas a la empresa demandante.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Como punto previo este Tribunal debe indicar que la Administración Tributaria no consignó el expediente administrativo, lo cual es su obligación tal como lo señaló la Sala Político Administrativa en sentencia No. 01125 de fecha 01/10/2008, donde dejó sentado lo siguiente: (…) Obligación que en la presente causa no se cumplió y la Administración Tributaria debe probar al ser impugnado el acto administrativo, la legalidad del mismo y que su actuación estuvo ajustada a derecho, motivo por el cual se genera para el recurrente una presunción a su favor respecto a la documentación cursante en el mencionado expediente. Presunción que deberá adminicularse con las documentales anexadas por la recurrente y que no fueron impugnadas por la parte recurrida. Así se decide. ´PUNTO I.- DESAPLICACIÓN POR MEDIO DEL CONTROL DIFUSO PARA EL PRESENTE CASO DEL ARTÍCULO 66 DEL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO. (…) Le solicito la desaplicación por medio de control difuso de la Constitucionalidad del artículo 66 del vigente Código Orgánico Tributario para el presente caso, siendo los argumentos jurídicos que sustentan esta petición los siguientes: …Omissis… Asimismo se desprende de la Experticia Contable practicada en el presente asunto, y consignada en autos en fecha 27-11-2012, lo siguiente: CUADRO Nº 5 CENTRO MÉDICO ZAMBRANO; CA RIF: J-08003786-3 VERIFICACION DE LA DECLARACION DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 9 de 27 EJERCICIO 2006 SEGÚN EXPERTICIA CONTABLE DECLARACIÓN ISLR Nº 0200414 Detalle de Conceptos Según Experticia Bs. F IMPUESTO DEL EJERCICIO 17 Menos: Rebajas y Anticipos del Impuesto Rebajas Por Inversiones Impuesto Retenidos en el Ejercicio NOTA: Determinado por Experticia 73 Anticipo Impuesto Pagado en Declaración Sustitutiva Crédito de Impuesto a los Anticipos Empresariales Excedente de Impuesto de Ejercicios Anteriores 15 Total Rebajas y Anticipos del Impuesto 89 Total Impuesto por Pagar Total Impuesto
Dispositiva
Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de mercantil Centro Médico Zambrano, C.A., contra la Resolución de Improcedencia de Cesión número SNAT/INTI/GRTI/RNO/DR/CCP/2010-00359 de fecha 30 de agosto de 2010. Se condena en costas procesales al contribuyente.
Palabras clave
cesión de créditos fiscalesimprocedenciaFisco NacionalCentro Médico Zambrano