Sentencia N° 658 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de octubre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00658, Exp. 2018-0499, 24/10/2019
Expediente2018-0499
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-10-23
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Ricardo Castillo García contra un acto administrativo del Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. La Sala declaró su competencia para conocer la demanda y admitió provisionalmente la misma, pero consideró improcedente la acción de amparo cautelar solicitada por el demandante. La decisión se fundamentó en la falta de verificación de la presunta violación de derechos constitucionales alegados por el accionante.

Extracto de la motiva

A todas luces se evidencia que se dictó un acto administrativo sin procedimiento alguno, por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos y sin habérseme notificado para ejercer mi derecho a la defensa, mi derecho a ser oído, colocándose al margen de la normativa prevista en el artículo 49 Constitucional violándoseme el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa, así como también no existe procedimiento administrativo alguno por parte de la SUNAVI, que de origen al acto administrativo, dictado mediante resolución motivada, aunado que tampoco fui notificado para ejercer mi defensa, es decir ciudadanos jueces mis derechos fueron quebrajados. En el presente caso existe un riesgo inminente, un agravio que se me pudiera causar como lo es el desalojo que me causaría un daño y a mi familia, a mis hijos y nietos que trabajan y estudian muy cerca de los colegios de la zona y que se encuentran presentando en este tiempo los exámenes finales y atrasarlos en el cumplimiento de sus obligaciones; por esta actuación irrita que hoy ataco de nulidad.

Dispositiva

1. Que ES COMPETENTE para conocer y decidir la demanda de nulidad incoada conjuntamente con acción de amparo cautelar, por el ciudadano RICARDO CASTILLO GARCÍA, contra “el acto administrativo de efectos particulares contenido en el oficio identificado MINVIH 0140 de fecha 18 de septiembre de 2014” dictado por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA. 2. ADMITE provisionalmente la referida demanda de nulidad a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción. De ser procedente su admisión, el mencionado Juzgado ordenará la continuación del proceso. 3. IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar propuesta.

Palabras clave

debido_procesoactos_administrativosderecho_a_la_defensanulidadamparo_constitucionalcompetenciaSUNAVI

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