Sentencia N° 657 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de julio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00657, Exp. 2000-0915, 07/07/2010
Expediente2000-0915
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-07-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, solicita al Banco Central de Venezuela calcular la indexación de un monto adeudado a la ciudadana Juana Rodríguez de Cruz, desde el 19 de diciembre de 1994 hasta el 30 de julio de 2008. Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de cumplir con lo ordenado en un fallo anterior, donde se estableció la obligación de pago por parte del Instituto Nacional de Hipódromos. La Sala advierte que los cálculos realizados por el Banco no se ajustaron a lo dispuesto en el auto para mejor proveer emitido anteriormente.

Extracto de la motiva

La Sala mediante auto para mejor proveer Nº 029 del 01 de abril de 2009, acordó solicitar al Banco Central de Venezuela que determinara la actualización monetaria de lo que debe pagar el Instituto Nacional de Hipódromos (INH) a la ciudadana Juana RODRÍGUEZ DE CRUZ, ya identificada, conforme a lo siguiente: la cantidad de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,00), actualmente ochenta bolívares (Bs. 80,00) por cada año de duración de la concesión, a contar desde el 15 de marzo de 1973 [fecha de su ingreso según Listados de Antigüedad de Selladores emanados de la Oficina de Informática del Instituto Nacional de Hipódromos (INH), folios 286 segunda pieza y 17 del cuaderno de tercería], hasta el 19 de septiembre de 1994, fecha en que se suscribió el acta convenio entre el gremio de selladores y el instituto, monto que debía ser indexado desde el 19 de diciembre de 1994 (momento en que vencieron los 120 días establecidos en el acta convenio para efectuar dicho pago), hasta el 30 de julio de 2008, fecha de publicación del fallo Nº 0904. La Gerencia de Estadísticas Económicas del Banco Central de Venezuela realizó unos cálculos, remitidos a esta Sala por oficio Nº Cjaaa-c-2009-06-258 de fecha 25 de junio de 2009, suscrito por la Consultora Jurídica Adjunta (E) de esa institución. La información enviada es del siguiente tenor: “INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR PARA EL AREA METROPOLITANA DE CARACAS TASA DE INFLACION (Base: Dic/2007=100) PERIODO IPC-AMC INFLACIÓN % (19/12/1994) al (…) (…) 2.773,3 (…) (31/12/2007) Mi= Monto en Bolívares al inicio del período = 1.200,00 Mc= Monto en Bolívares al final del período= 34.479,59 (…)” (sic) (Resaltado de la Sala). De los documentos transcritos se deriva que la Gerencia de Estadísticas Económicas del Banco Central de Venezuela calculó la indexación tomando como base o monto inicial la cantidad de mil doscientos bolívares (Bs. 1.200,00). No obstante, esta Sala al revisar dichos cómputos advierte que lo ordenado en el fallo Nº AMP-029 del 01 de abril de 2009, era calcular lo que se debía a la tercerista Juana RODRÍGUEZ DE CRUZ, ya identificada, desde el 15 de marzo de 1973 hasta el 19 de septiembre de 1994, a razón de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,00), hoy ochenta bolívares (Bs. 80,00), por cada año de duración de la concesión. Conforme a los mencionados parámetros, la referida cantidad por veintiún (21) años, seis (6) meses y cuatro (4) días, arroja como resultado la suma de un mil setecientos veinte bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 1.720,87), y era sobre este último monto que debía calcularse la indexación.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA solicitar al BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, que por vía de colaboración, proceda a calcular la indexación de la cantidad de un mil setecientos veinte bolívares con ochenta y siete céntimos (Bs. 1720,87), desde el 19 de diciembre de 1994 (momento en que vencieron los 120 días establecidos en el acta convenio para efectuar dicho pago), hasta el 30 de julio de 2008, fecha de publicación del fallo Nº 0904. SE ORDENA notificar al PRESIDENTE DE LA JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS, a la tercera interesada Juana RODRÍGUEZ DE CRUZ y a la PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

indexaciónBanco Central de VenezuelaJuana Rodríguez de Cruz

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