Sentencia N° 656 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de junio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00656, Exp. 2013-0272, 12/06/2013
Expediente2013-0272
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-06-11
DecisiónFirme

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la empresa Seguros Canarias de Venezuela, C.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró la caducidad de la acción y sin lugar la demanda por abstención o carencia. La abogada Paula Flandria Nunes, actuando como apoderada judicial, presentó el desistimiento el 21 de febrero de 2013, el cual fue homologado por la Sala tras verificar la capacidad de la abogada para desistir en juicio y que el desistimiento no contraviene el orden público ni está prohibido por la ley.

Extracto de la motiva

La abogada Paula Flandria Nunes, ya identificada, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa Seguros Canarias de Venezuela, C.A., mediante diligencia presentada el 21 de febrero de 2013, desistió del recurso de apelación interpuesto, en los términos que siguen: “(…) desisto formalmente del recurso de apelación ejercido en fecha 26 de junio de 2012, en virtud de que el fundamento del ejercicio del Recurso Contencioso Administrativo por ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, carece de sentido jurídico, por cuanto la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, ya notificó al Servicio Autónomo de Registros y Notarías, así como directamente al Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante Oficios Nros. FSAA-2-3-1824-2013 y FSAA-2-3-1746-2013, cuyas copias simples se adjuntan marcadas “B” y “C”, que pueden proceder a la protocolización de las Actas de mi representada. En razón de lo anterior, juramos la urgencia del caso, a los fines de desglosar del expediente supra identificado, las Actas de Asambleas Originales que cursan a los folios 17 al 101 del expediente, previa su certificación en autos, para proceder a su protocolización por ante la Oficina de Registro Mercantil”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia número 2012-0981 dictada el 18 de junio de 2012 por la Corte Primera lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.

Palabras clave

desistimientorecurso de apelacióncaducidadactas de asamblea

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