La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por C.A. de Seguros American International contra la Alcaldía del Municipio Chacao. La sentencia apelada había declarado con lugar el recurso, revocando un reparo fiscal y reconociendo un crédito fiscal a favor de la contribuyente. Sin embargo, la Sala revocó dicha decisión, considerando que los ingresos por la inversión en títulos valores deben ser incluidos en la base imponible del impuesto sobre actividades económicas, ya que son parte del giro comercial de la empresa aseguradora.
Extracto de la motiva
En virtud de lo anteriormente expuesto este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil C.A. DE SEGUROS AMERICAN INTERNATIONAL, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 034/2014 de fecha 03 de julio de 2014, emanada del Alcalde del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, a través de la cual declaro Parcialmente Con Lugar el recurso jerárquico ejercido por la contribuyente, contra la Resolución N° L/217.09.13, emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 25 de septiembre de 2013. Se ANULA la Decisión Administrativa Impugnada (…)”. (Sic).
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por C.A. DE SEGUROS AMERICAN INTERNATIONAL, contra la Resolución número 034/2014, de fecha 3 de julio de 2014, emitida por la Alcaldía del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, la cual queda FIRME.
Palabras clave
Contencioso TributarioImpuesto sobre Actividades EconómicasC.A. de Seguros American InternationalMUNICIPIO CHACAO