La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Denis Andreína Montero Trejo, quien fue destituida de su cargo en el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso corresponde a un Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, dado que se trata de una controversia funcionarial.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 2 de fecha 20 de enero de 2000, la cual es de carácter vinculante, de conformidad con el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estableció los parámetros para la distribución de competencia en materia de amparo y, específicamente, con relación al artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dispuso que los tribunales competentes para conocer de los recursos contencioso administrativos de nulidad de actos administrativos o contra negativas o abstenciones de la Administración, eran igualmente competentes para conocer de los amparos previstos en el señalado artículo, siempre que ‘no se funden en una infracción directa e inmediata de la Constitución y siempre y cuando la acción de amparo no se encuentre caduca’. Ahora bien, en el fallo antes citado, no se indicó cuál es el Órgano Jurisdiccional competente para conocer los recursos contencioso administrativos de nulidad que se intenten contra los actos administrativos de efectos particulares, que se fundamenten en razones de inconstitucionalidad, por lo que resulta necesario acudir a la Constitución y a la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, para determinar que tribunal tiene atribuida Ia competencia.
Dispositiva
Declara que le corresponde a un JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, al cual le sea asignado por distribución, LA COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por la ciudadana DENIS ANDREÍNA MONTERO TREJO, asistida por el abogado Marino Alvarado Betancourt, contra la Resolución Nº 4 de fecha 1º de marzo de 2000, dictada por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual fue destituida del cargo de asistente que venía desempeñando en ese órgano jurisdiccional.
Palabras clave
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