Sentencia N° 650 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de febrero de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00650, Exp. 2015-0933, 18/07/2023
Expediente2015-0933
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-02-09
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00016 el 9 de febrero de 2023, en la que se declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la sociedad mercantil Servicios Inmobiliarios, S.A. contra Proyectos Santa Teresa Plaza, C.A. por incumplimiento de contrato de compra venta e indemnización de daños. Se ordenó a la demandada pagar una suma significativa en bolívares y se establecieron medidas para la corrección monetaria y cálculo de intereses moratorios.

Extracto de la motiva

Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución Nro. 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala Político-Administrativa. Ello así, visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, consagran la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal y de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a que se practique la notificación conforme a lo establecido en el artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes. Así se decide.

Dispositiva

Se ORDENA a la referida sociedad mercantil a pagar a la empresa accionante la suma de veintinueve millones quinientos veintinueve mil trescientos sesenta bolívares sin céntimos (Bs. 29.529.360,00), y se ORDENA oficiar al Banco Central de Venezuela para calcular la indexación y los intereses correspondientes.

Palabras clave

cumplimiento de contratoindemnizacióndaños y perjuicios

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