Sentencia N° 650 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00650, Exp. 2015-0270, 04/06/2015
Expediente2015-0270
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2015-06-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la ciudadana Yojaiza Nohemí Vizcaya contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud. La demandante alegó el incumplimiento de la 'Cláusula 14' de la Contratación Colectiva, que otorga días de descanso a los trabajadores del sector salud. El Juzgado remitente había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer el caso, lo que motivó el recurso de la actora.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación al recurso de regulación de jurisdicción planteado, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil. Para decidir, se observa: Mediante sentencia de fecha 10 de noviembre de 2014 (folios 15 al 19 del expediente), el Juzgado remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la demanda respecto de la Administración Pública, por órgano de la Inspectoría del Trabajo, por corresponderle a dicho órgano atender y decidir las reclamaciones contra la vulneración de las condiciones de trabajo. Advierte la Sala que, en fecha 17 de noviembre de 2014, la representación judicial de la parte actora, interpuso el 'recurso de apelación' contra de la referida decisión, aunque el Juzgado remitente estimó dicho recurso como un recurso de regulación de jurisdicción. En efecto, esta Sala ha indicado que el medio de impugnación para atacar las decisiones relativas a la jurisdicción es el establecido en el artículo 66 del Código de Procedimiento Civil, por tal razón en casos similares ha considerado que lo interpuesto ha sido el recurso de regulación de jurisdicción. (Vid. Sentencias No. 00087 del 11 de febrero de 2015). Determinado lo anterior, pasa esta Sala Político Administrativa a pronunciarse sobre el recurso ejercido y, al respecto observa: La pretensión de la parte actora, se circunscribe a que el Ministerio del Poder Popular para la Salud dé cumplimiento a la 'Cláusula 14' de la Contratación Colectiva, Resolución Nro. 8.424 de fecha 8 de agosto del 2013, la cual otorgó a los trabajadores y trabajadoras del sector salud que presten servicios en áreas clasificadas de riesgo, diez (10) días de descanso trimestral para la descontaminación corporal para optimizar sus condiciones de salud.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el abogado Marcos Goitia, apoderado judicial de la ciudadana Yojaiza Nohemí Vizcaya, contra la sentencia dictada el 10 de noviembre de 2014 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure. 2.- EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por Cumplimiento de Contratación Colectiva, incoada por la ciudadana YOJAIZA NOHEMÍ VIZCAYA contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD. 3.- Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 10 de noviembre de 2014 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure. 4.- Notifíquese al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) a los fines de que tenga conocimiento del presente asunto.

Palabras clave

regulación de jurisdiccióncontratación colectivaderechos laborales

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