Sentencia N° 65 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de enero de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00065, Exp. 2007-0835, 22/01/2009
Expediente2007-0835
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-01-21
DecisiónHomologado el desistimiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las sociedades mercantiles Goodyear do Brasil Produtos de Borracha Ltda y The Goodyear Tire & Rubber Company. El abogado Elías Adolfo Hidalgo, actuando como apoderado judicial, desistió del recurso en virtud de la emisión de nuevos certificados de inversión extranjera por parte de la Superintendencia de Inversiones Extranjeras.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, para lo cual observa: Mediante diligencia suscrita en fecha 4 de diciembre de 2008 (folio 135), el abogado Elías Adolfo Hidalgo, ya identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles recurrentes, desistió del recurso incoado, en los términos siguientes: “Desisto del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra los actos administrativos contenidos en los oficios MILCO-SIEXCJ-052-2006 y MILCO-SIEXCJ-053-2006, de fecha 14 de septiembre de 2006, mediante los cuales la Superintendencia de Inversiones Extranjeras declaró sin lugar el Recurso de Nulidad interpuesto por [sus] representados en fecha 14 de agosto de 2006 (…). El presente desistimiento se realiza de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable según lo señalado en el parágrafo 2 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en vista de que la Superintendencia de Inversiones Extranjeras emitió nuevos certificados de inversión extranjera en fecha 3 de octubre de 2008, en los cuales se expresa correctamente la cifra en dólares de los E.E.U.U., de la inversión extranjera directa realizada por [sus] representadas al 31 de diciembre de 2007 en la C.A. Goodyear de Venezuela…”.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político–Administrativa Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las sociedades mercantiles GOODYEAR DO BRASIL PRODUTOS DE BORRACHA LTDA y THE GOODYEAR TIRE & RUBBER COMPANY, ya identificadas, contra los actos administrativos contenido en los oficios identificados con los números y letras siguientes: MILCO-SIEXCJ-052-2006 y MILCO-SIEXCJ-053-2006, ambos de fecha 14 de septiembre de 2006, dictado por la SUPERINTENDENCIA DE INVERSIONES EXTRANJERAS (SIEX). Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientorecurso contencioso administrativonulidadinversiones extranjeras

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