La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda interpuesta por Desarrollos El Piñal - Depica C.A. contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A. por indemnización de daños y perjuicios. La demandante alegó que la falta de aporte financiero por parte del banco causó daños materiales y morales debido a la paralización de un proyecto de construcción. Sin embargo, la Sala concluyó que no se probó que el banco asumiera las responsabilidades alegadas tras la cesión de créditos de la sociedad financiera FIVCA al banco demandado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la empresa demandante considera que las responsabilidades por los daños y perjuicios reclamados con ocasión de la falta de aporte financiero para la construcción del 'Conjunto Residencial El Piñal' y, a su vez, por la errónea contratación de la sociedad mercantil Constructora Angular, C.A., inicialmente corresponden a la sociedad Financiera Industrial de Venezuela FIVCA. Sin embargo, aprecia la Sala que el apoderado judicial de la demandante alega que dichas responsabilidades fueron posteriormente transmitidas a la sociedad mercantil Banco Industrial de Venezuela, C.A., con ocasión de la cesión de créditos suscrita en fecha el 27 de noviembre de 1990, razón por la cual no dirige su acción contra la referida sociedad financiera, sino que demanda única y exclusivamente a la sociedad mercantil Banco Industrial de Venezuela, C.A.
Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la empresa DESARROLLOS EL PIÑAL - DEPICA C.A., contra la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.
Palabras clave
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