Sentencia N° 644 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de agosto de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00644, Exp. 1992-8748, 14/08/2024
Expediente1992-8748
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-08-14
DecisiónPrescrita la ejecutoria de la acción que deviene de la sentencia número 283, de fecha 6 de abril de 1995, dictada por la Sala Político-Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró prescrita la ejecutoria de la acción derivada de la sentencia número 283, que anuló los actos administrativos que declararon la caducidad del contrato de concesión de la Cantera 'Montiel-Guillén'. Se determinó que no hubo impulso procesal por parte de los recurrentes desde el 11 de julio de 1995, lo que llevó a la conclusión de que la acción se había prescrito tras más de 29 años sin actividad. La decisión finaliza el procedimiento y ordena el archivo del expediente.

Extracto de la motiva

motivación deficiente, sino que -por el contrario- la Administración pretendió ilegalmente alterar sobrevenidanente la motivación del acto administrativo ya dictado y comunicado formalmente al particular”. (Negrillas y subrayado del original). Alegaron, que “[c]omoquiera que el Contrato requirió -para su celebración- de 3 discusiones en Cámara, por mandato virtual o implícito de la Ley, el vínculo contractual sólo podía deshacerse de la misma manera, o sea, siguiendo los mismos pasos y cumpliendo las mismas formalidades. Por lo tanto, al proceder el Concejo del Municipio Almirante Padilla del Estado Zulia, en sesión celebrada en fecha 5 de junio de 1.991, a declarar la caducidad del Contrato de Concesión de la cantera ‘Montiel- Guillen’, sin que mediaran las tres (3) discusiones a las cuales alude el artículo 3º del Reglamento Interior y de Debates de dicho Concejo, violó el procedimiento legalmente establecido, y vicio su actuación de nulidad”. (Negrillas y subrayado del original). (Corchete de la Sala). Por otra parte, reclamaron una indemnización por daños y perjuicios, ya que “[e]l Contrat

Dispositiva

1.- PRESCRITA LA EJECUTORIA de la acción que deviene de la sentencia número 283, de fecha 6 de abril de 1995, dictada por la Sala Político-Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia. 2.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO.

Palabras clave

caducidadcontrato de concesiónprescripciónejecutoria

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