La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar la demanda interpuesta por el abogado Pablo Suárez Trejo contra el Banco de Fomento Regional Los Andes, C.A. (BANFOANDES) por daño moral. La Sala consideró que las expresiones utilizadas en la denuncia formulada por BANFOANDES no constituyeron un abuso de derecho ni generaron un daño moral susceptible de indemnización. Además, se destacó que la denuncia fue desestimada por la Inspectoría General de Tribunales, lo que evidenció que no existieron irregularidades sancionables en la conducta del demandante.
Extracto de la motiva
La parte actora fundamenta la demanda interpuesta en los siguientes argumentos: Que el 30 de marzo de 2001 el Banco de Fomento Regional Los Andes, C.A. (BANFOANDES), introdujo dos denuncias en su contra ante la Inspectoría General de Tribunales adscrita al Tribunal Supremo de Justicia. La primera de ellas, señala, se originó porque el ahora demandante, actuando como titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, acordó mediante sentencia interlocutoria de fecha 25 de abril de 2001, dictada en el juicio referido a una demanda por cobro de bolívares incoada por BANFOANDES contra las sociedades mercantiles Procesadora Láctea Táchira, C.A. (PROLATACA) y Empresa Láctea Agropecuaria Mijagua, C.A. (ELAMCA), levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada sobre un bien propiedad de las demandadas. Que la aludida decisión del 25 de abril de 2001, fue objeto de apelación, siendo este recurso declarado sin lugar por decisión de fecha 6 de agosto de 2001. Que al fundamentar la denuncia formulada ante la Inspectoría General de Tribunales, el apoderado de BANFOANDES expuso que el ciudadano Pablo Suárez Trejo, en su condición de Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Táchira: (i) Levantó en forma arbitraria y parcializada una medida que irremediablemente debía mantener, causándole un gravamen irreparable; (ii) Incurrió en excesos contrariando disposiciones legales expresas, en tanto que desconoció el artículo 37 de la Ley del Banco Industrial de Venezuela; (iii) Reveló una sospechosa protección de los demandados en claro perjuicio de los intereses de BANFOANDES, que son los intereses de la nación.
Dispositiva
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el abogado PABLO SUÁREZ TREJO, asistido por el abogado José Manuel Restrepo Cubillos, contra el BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES, C.A (BANFOANDES), todos identificados en el presente fallo. En consecuencia, se CONDENA EN COSTAS a la parte demandante en la presente causa.
Palabras clave
daño moraldenunciaabuso de derechoinspectoríajuezreputaciónindemnización