Sentencia N° 6414 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de noviembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06414, Exp. 1998-14682, 01/12/2005
Expediente1998-14682
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecucion
Fecha de la decisión2005-11-30
DecisiónEjecución Voluntaria

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se ordena la ejecución de la sentencia Nº 00636, publicada el 10 de junio de 2004, en la que se estableció que se adeudaba al demandante, David Antonio Castillo, la cantidad de dieciocho millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos seis bolívares por concepto de pensión de jubilación. Además, se ordena el pago de prestaciones sociales y los intereses correspondientes desde la fecha de la jubilación hasta la publicación de la presente decisión.

Extracto de la motiva

Precisado lo anterior, la Sala advierte que: 1. De conformidad con el fallo cuya ejecución se solicita, se le adeuda al actor la cantidad de dieciocho millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos seis bolívares con 00/100 céntimos (Bs. 18.345.506,00), por la diferencia dineraria dejada de percibir por concepto de pensión de jubilación desde el 19 de noviembre de 1997 (fecha en que fue concedida la jubilación al actor) hasta la fecha de publicación de la aludida decisión. 2. Que las experticias complementarias del fallo que esta Sala ordenó realizar, determinaron lo siguiente: a. Que por concepto de prestaciones sociales se le adeudan al demandante la cantidad de diez millones setecientos diecinueve mil noventa y un mil bolívares con 70/100 céntimos (Bs. 10.719.091,70). b. Que los intereses causados en el período comprendido desde el 19 de noviembre de 1997 al 10 de junio de 2004, calculados a la tasa del 12% anual, sobre la cantidad de dieciocho millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos seis bolívares con 00/100 céntimos (Bs. 18.345.506,00), arrojan la cantidad de catorce millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil veintiocho bolívares con 39/100 céntimos (Bs. 14.444.028,39); y c. Que los intereses causados en el período comprendido desde el 19 de noviembre de 1997 al 10 de junio de 2004, calculados a la tasa del 12% anual, sobre la cantidad de diez millones setecientos diecinueve mil noventa y un bolívares con 70/100 céntimos (Bs. 10.719.091,70), arrojan la cantidad de ocho millones cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos noventa y ocho bolívares con 44/100 céntimos (Bs. 8.439.498,44). De lo expuesto, concluye la Sala que el monto total sobre la cual quedó definitivamente establecida la condenatoria, es la cantidad de CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO BOLÍVARES CON 53/100 CÉNTIMOS (Bs. 51.948.124,53), y COMO PENSIÓN DE JUBILACIÓN, la cantidad de doscientos setenta y ocho mil ochocientos bolívares con 00/100 céntimos (Bs. 278.800,oo).

Dispositiva

Por lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia Nº 00636, publicada el 10 de junio de 2004. En consecuencia se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación para que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA dé cumplimiento voluntario a lo ordenado.

Palabras clave

ejecucionpensionprestaciones socialesinteresessentenciatrabajojusticia

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