Sentencia N° 640 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00640, Exp. 2018-0232, 31/07/2025
Expediente2018-0232
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-10-11
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia número 00909, declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A. contra la denegatoria tácita derivada del silencio administrativo. Se confirmó la anulación parcial del rechazo del crédito fiscal y se revocó el pronunciamiento de anulación absoluta de una resolución de verificación de créditos fiscales. Además, se estableció que no procede la condenatoria en costas procesales a las partes.

Extracto de la motiva

Que PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva número 2148 del 19 de junio de 2014, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo previsto en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2016 y conociendo de ella: 2.1.- Se CONFIRMA la declaratoria de anulación parcial del rechazo del crédito fiscal por la suma de ‘ochenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y siete con cincuenta y cuatro céntimos (Bs. 83.459.787,54)’, por considerar el órgano exactor que no pertenecían al período impositivo cuya devolución fue solicitada. 2.2.- Se REVOCA el pronunciamiento de anulación absoluta de ‘(…) la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales Previamente Afianzados N° GRTI/RNO/DR-RE-N° 000079/99 de fecha 23 de julio del 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental (…)’. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por el contribuyente METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A., contra la denegatoria tácita derivada del silencio administrativo producido al no haberse decidido el recurso jerárquico interpuesto contra la ‘RESOLUCIÓN DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES I.C.S.V.M. PREVIAMENTE AFIANZADOS GRTI/RNO/DR-N° 000079-99’ del 23 de julio de 1999, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del otrora Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), ahora SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), acto administrativo que queda FIRME en lo que concierne a créditos fiscales por la cantidad de ‘sesenta y tres millones doscientos veinte mil bolívares exactos (Bs. 63.220.000,00)’, y se ANULA en lo que respecta, al rechazo del crédito fiscal por la suma de ‘ochenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y siete con cincuenta y cuatro céntimos (Bs. 83.459.787,54)’, por considerar el órgano exactor que no pertenecían al período impositivo cuya devolución fue solicitada. 3.- NO PROCEDE LA CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES a las partes, atendiendo a lo señalado en esta sentencia.

Dispositiva

ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de origen, es decir, al Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

contencioso tributariocréditos fiscalesSENIATanulaciónprocedimiento administrativo

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