La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial venezolano frente a un juez extranjero en el caso de Inquisición de Paternidad interpuesto por Ibraima Libi Montes de Oca. La Sala confirmó la decisión del Tribunal Primero de Primera Instancia que había declarado no tener jurisdicción para juzgar la demanda, argumentando que los adolescentes involucrados residían en España. La sentencia reafirma el principio del interés superior del niño como fundamental en la determinación de la jurisdicción en casos que involucran menores.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente regulación de jurisdicción, de conformidad con la competencia atribuida en las disposiciones previstas en los artículos 23 numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 26 numeral 19 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nro. 6.684 del 19 de enero de 2022, en concordancia con los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo antes de proceder a decidir debe advertirse que el remitente envió el presente asunto “por consulta”, en atención al “recurso de regulación de jurisdicción” incoado por la demandante. Al respecto, este Alto Tribunal considera que, una vez interpuesto el referido recurso solo le corresponde decidir acerca de la regulación de jurisdicción planteada. Así se determina. Precisado lo anterior, se
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la ciudadana IBRAIMA LIBI MONTES DE OCA, contra la sentencia dictada el 17 de febrero de 2023 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. 2.- Que EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO NO TIENE JURISDICCIÓN frente al juez extranjero, para conocer de la demanda de inquisición de paternidad interpuesta por la ciudadana IBRAIMA LIBI MONTES DE OCA, contra las ciudadanas MERVAT STANBULY DE SALLOUM, MARIAM SALLOUM STANBULY, NUR SALLOUM STANBULY, RYM SALLOUM STANBULY, LEILA SALLOUM STANBULY y los adolescentes (cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). 3.- Se CONFIRMA en los términos expuestos, la sentencia dictada el 17 de febrero de 2023 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. 4.- Se CONDENA EN COSTAS a la accionante, ciudadana IBRAIMA LIBI MONTES DE OCA.
Palabras clave
jurisdiccióninquisición de paternidadinterés superior del niño