La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 01672, declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Jesús Enrique Romero contra un oficio del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. La decisión se fundamenta en la falta de notificación adecuada al recurrente sobre su situación laboral tras su retiro. La Sala ordenó la reincorporación del demandante y el cumplimiento de los pagos correspondientes a los salarios dejados de percibir desde su retiro hasta su reincorporación.
Extracto de la motiva
Tal como se señaló en la parte narrativa de la presente decisión, por sentencia Nro. 00377 del 30 de marzo de 2011, esta Sala ordenó la notificación de la ciudadan Procuradora General de la República, a tenor de lo previsto en el artículo 87 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que en un plazo de sesenta (60) días continuos informara sobre la forma y oportunidad de ejecución del fallo dictado por esta Sala el 18 de noviembre de 2009 y publicado bajo el Nro. 01672. No obstante, el 21 de julio de 2011 el abogado Jairo Santeliz, ya identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial del recurrente, solicitó -vencido el plazo establecido en la sentencia de esta Sala Nro. 00377 de fecha 30 de marzo de 2011- que se notifique nuevamente a la Procuraduría General de la República para que informe sobre la forma y oportunidad de ejecución de la sentencia Nro. 01672, antes identificada. En tal sentido, esta Sala mediante sentencia Nro. 01535 del 22 de noviembre de 2011, consideró aplicable al caso de autos el numeral 3 del artículo 110 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que decretó la continuidad de la ejecución de la sentencia Nro. 01672 del 18 de noviembre de 2009, y a tal fin ordenó notificar al Ministro del Poder Popular para la Defensa, para que dentro de un lapso de treinta (30) días consecutivos siguientes a que constara en autos su notificación, informara sobre la forma y oportunidad de la ejecución de la identificada decisión. Del mismo modo, ordenó al recurrente “(…) dirigirse al Comando Naval de Personal de la Jefatura de Administración de Personal de la Dirección Moral y Disciplina del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a los fines de facilitar el cumplimiento a la sentencia cuya ejecución se pretende”.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación del ciudadano JESÚS ENRIQUE ROMERO, y del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, para que informen a este Máximo Tribunal sobre el cumplimiento de la sentencia Nro. 01672 dictada por esta Sala Político Administrativa en fecha 18 de noviembre de 2009, concediéndoles un lapso de diez (10) días de despacho, desde que conste en autos las respectivas notificaciones. Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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