La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda interpuesta por Paula Deogracia Lara de Zarate contra C.A. Electricidad del Centro (ELECENTRO) por daños y perjuicios. La actora alegó incumplimiento de contrato de arrendamiento y solicitó indemnización por daños materiales y morales. Sin embargo, la Sala determinó que no se presentó prueba suficiente que demostrara la existencia de los daños reclamados, lo que llevó a la improcedencia de la demanda.
Extracto de la motiva
En virtud de lo anterior, debe esta Sala rechazar la pretensión aducida por la actora, pues lo contrario comportaría una inobservancia a los principios del derecho procesal conforme a los cuales el juez debe atenerse a lo alegado y probado en autos, y declarar con lugar las demandas que conozca cuando a su juicio, exista plena prueba de los hechos alegados en ella, de conformidad con lo previsto en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por daños y perjuicios incoada por la ciudadana PAULA DEOGRACIA LARA DE ZARATE, asistida por el abogado Rafael Valbuena, contra la sociedad mercantil C.A. ELECTRICIDAD DEL CENTRO (ELECENTRO), ambas partes identificadas. En consecuencia, se CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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