La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la sociedad mercantil Agropecuaria Porfin, C.A. contra la sentencia del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de Carabobo, que había declarado su incompetencia por territorio en un caso de resolución de contrato de compra-venta. La Sala ordena la remisión del expediente al Juzgado Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy para que revise su competencia en el asunto.
Extracto de la motiva
Por las razones expuestas, siendo que aún no ha habido un pronunciamiento sobre la jurisdicción que pueda cuestionarse, esta Sala concluye que el recurso de regulación interpuesto resulta inadmisible. Así se decide. Por otra parte, este Máximo Tribunal, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva así como en atención al principio de economía procesal orientado a evitar dilaciones innecesarias, conforme a lo previsto en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en este caso concreto, visto que el expediente fue remitido a esta Sala para decidir una regulación de jurisdicción que en este momento es inadmisible, visto que el tribunal remitente se declaró incompetente por el territorio, visto asimismo el tiempo transcurrido, la Sala ordena la inmediata remisión del expediente al Juzgado Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a fin de que lo envié al Juzgado de Primera Instancia Agrario de esa Circunscripción Judicial que corresponda, con el objeto de que este revise su competencia para conocer de la demanda por resolución de contrato de opción de compra-venta interpuesta por el ciudadano Vicente Mazilli Ferrara contra la sociedad mercantil Agropecuaria Porfin, C.A., y de ser competente, decida acerca de la cuestión previa relativa a la falta de jurisdicción opuesta por la representación judicial de la empresa demandada. Así se decide. Emitida la decisión relativa a la jurisdicción, podrá esta Sala conocer del asunto por consulta de jurisdicción o por regulación, según corresponda.
Dispositiva
1.- INADMISIBLE el recurso de regulación de jurisdicción ejercido el 12 de enero de 2024, por el abogado Sebastián Hergueta, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA PORFIN, C.A., antes identificado, contra la sentencia de fecha 8 de enero de 2024, dictada por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. 2.- Se ORDENA la inmediata remisión del expediente al Juzgado Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.