Sentencia N° 634 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00634, Exp. 2006-0346, 08/03/2006
Expediente2006-0346
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-03-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Estado Mérida y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que ambos tribunales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Walter Alí Rodríguez López contra un acta de transacción homologada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los abogados Noel Rodríguez Yánez y Sandra Coromoto Jiménez García, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano WALTER ALÍ RODRÍGUEZ LÓPEZ, ya identificados, contra el acta de transacción N° 3414 celebrada en fecha 1° de julio de 2002 entre el mencionado ciudadano y la representación judicial de la Universidad de Los Andes, homologada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MÉRIDA, por auto de fecha 19 de julio de 2002; por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa; y visto que uno de los tribunales involucrados forman parte de dicha jurisdicción, asume su competencia para conocer el conflicto planteado. Así se decide.

Dispositiva

Conforme a los razonamientos previamente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado en el presente caso. 2. Que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano WALTER ALÍ RODRÍGUEZ LÓPEZ, todos identificados, contra el acta de transacción N° 3414 celebrada en fecha 1° de julio de 2002 entre el mencionado ciudadano y la representación judicial de la Universidad de Los Andes, homologada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MÉRIDA, por auto de fecha 19 de julio de 2002. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado declarado competente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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