Sentencia N° 633 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de julio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00633, Exp. 2025-0239, 31/07/2025
Expediente2025-0239
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2025-07-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, dictó sentencia en el caso de desalojo de un local comercial, confirmando la jurisdicción del Poder Judicial para conocer del asunto. La parte demandante, representada por los abogados Luis Enrique Torres Strauss y Douglas Ferrer Rodríguez, había interpuesto la demanda contra la sociedad mercantil Super Toyomagos, C.A., argumentando la falta de pago de cánones de arrendamiento y la no renovación del contrato. La Sala declaró sin lugar la regulación de jurisdicción solicitada por la parte demandada, confirmando el fallo del tribunal de origen y condenando en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en el recurso.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente regulación de jurisdicción, de conformidad con la competencia atribuida en las disposiciones previstas en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 26, numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto, se observa: Mediante decisión dictada en fecha 12 de mayo de 2025, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, declaró sin lugar la cuestión previa contenida en ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la representación de la parte demandada, relativa a la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la demanda interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano Ricardo Sende Orozco. Dicha demanda fue incoada por la parte actora a los fines de solicitar el desalojo de u

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción incoado por la sociedad mercantil SUPER TOYOMAGOS, C.A, representada por su presidente ciudadano Fernando Andrés Nieves Cardona contra la sentencia dictada en fecha 12 de mayo de 2025, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia. 2.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda de desalojo de local comercial incoada por los abogados Luis Enrique Torres Strauss y Douglas Ferrer, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RICARDO SENDE OROZCO, contra la sociedad mercantil SUPER TOYOMAGOS, C.A, representada por su presidente ciudadano Fernando Andrés Nieves Cardona. 3.- Se CONFIRMA el fallo impugnado. 4.- Se CONDENA en costas a la parte demandada de conformidad con los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en la presente incidencia.

Palabras clave

jurisdicciónarrendamientodesalojocompetenciaprocedimientoadministrativo

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