Sentencia N° 629 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de octubre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00629, Exp. 2014-0801, 17/10/2019
Expediente2014-0801
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-10-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la relevancia de la prueba de informes promovida por IBH de Venezuela, C.A. en un juicio de nulidad contra decretos del Presidente de la República. Se establece que la prueba de informes puede ser incorporada al proceso incluso fuera del término probatorio, permitiendo la continuación del juicio sin esperar su resultado. La Sala ordena fijar un lapso para la presentación de los informes solicitados.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa decidir sobre la relevancia de la prueba de informes promovida por la representación judicial de la sociedad mercantil IBH de Venezuela, C.A., respecto a la empresa Complejo Siderúrgico Nacional, S.A., la cual aún no ha sido evacuada, con el objeto de analizar la posibilidad de continuar el juicio de nulidad incoado contra los Decretos Nros. 695 y 697, ambos del 19 de diciembre de 2013, dictados por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. A tal efecto, se observa que el referido medio probatorio, fue admitido por el Juzgado de Sustanciación a través de la decisión Nro. 480 del 7 de agosto de 2018, en los términos que a continuación se exponen: “(…) D) En el ‘CAPÍTULO IV’ intitulado ‘PRUEBA DE INFORMES’, los apoderados judiciales de la demandante, a tenor de lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, promovieron la señalada probanza, a fin de que se ‘requiera a los siguientes organismos’, información sobre los particulares que se detallan a continuación y presenten las copias conducentes (Folio 85 de la Pieza N° 2 del expediente N° 20

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de la Sala, previa notificación de las partes que fije el lapso para la presentación de los informes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Palabras clave

NulidadPrueba de informesContencioso-Administrativo

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