La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de apelación interpuesto por UNISOM, C.A. contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala fundamenta su decisión en la falta de fundamentación del recurso dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que conlleva al desistimiento tácito del mismo. Se confirma así la firmeza del fallo apelado que desestimó el recurso de nulidad contra el acto administrativo del Gobernador del Estado Amazonas.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil UNISOM, C.A., contra la decisión N° 2009-00646 dictada el 23 de abril de 2009, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por esa empresa contra el acto administrativo de fecha 11 de abril de 2005, dictado por el GOBERNADOR DEL ESTADO AMAZONAS, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° 477-04 de fecha 19 de noviembre de 2004, emitida por ese funcionario. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil UNISOM, C.A., contra la decisión N° 2009-00646 dictada el 23 de abril de 2009, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por esa empresa contra el acto administrativo de fecha 11 de abril de 2005, dictado por el GOBERNADOR DEL ESTADO AMAZONAS, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° 477-04 de fecha 19 de noviembre de 2004, emitida por ese funcionario. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.
Palabras clave
desistimientorecurso de apelaciónnulidad administrativa