DecisiónExtinción de la acción por pérdida de interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés en la demanda de nulidad interpuesta por C.A. Comercial Plastigen contra las Planillas de Liquidación de Multa. Se argumenta que, a pesar de las gestiones realizadas para notificar a las partes, no se obtuvo respuesta, lo que llevó a la conclusión de que no había interés procesal por parte de la demandante. La decisión se basa en criterios jurisprudenciales que establecen que la falta de interés procesal puede ser declarada de oficio.
Extracto de la motiva
Conforme a lo anteriormente expuesto, la pérdida de interés debe ser declarada por el órgano jurisdiccional cuando la inactividad procesal se produzca antes de la admisión o después de que la causa entre en estado de sentencia; mientras que la perención de la instancia se produce cuando la paralización se verifica entre la admisión y hasta la oportunidad en que se dice “Vistos” y comienza el lapso para pronunciar la sentencia de mérito. En el caso en concreto, y atendiendo a que se llevaron a cabo las actuaciones necesarias para lograr la notificación de las partes a los fines de que “informen respecto al estado en que se encuentra la (…) solicitud de remisión [tributaria]” y en consecuencia se manifieste su interés en la continuación de la causa; y habiendo transcurrido el lapso otorgado para su comparecencia sin que sus apoderados judiciales hubiesen acudido ante esta instancia jurisdiccional, esta Sala Político-Administrativa de acuerdo a los criterios jurisprudenciales aludidos, procede a declarar extinguida la acción por pérdida del interés procesal. Así se decide.
Dispositiva
Declara la extinción de la acción por pérdida de interés en la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil C.A. COMERCIAL PLASTIGEN contra las Planillas de Liquidación de Multa emitidas el 1° de diciembre de 1980.