Sentencia N° 627 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de mayo de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00627, Exp. 2018-0400, 31/05/2018
Expediente2018-0400
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-05-29
DecisiónINCOMPETENCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la regulación oficiosa de competencia planteada en el marco de una demanda de nulidad. Se determinó que el Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental es el órgano competente para decidir sobre el recurso de regulación de competencia, dado que el Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia se declaró incompetente en su sentencia del 5 de marzo de 2018.

Extracto de la motiva

Sobre el particular, debe aclararse que en el caso bajo examen no existe un “debate de competencias entre órganos jurisdiccionales” pues solo el Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, ha tenido conocimiento de la causa y ha sido el único en declarar su incompetencia para conocer la demanda de nulidad de autos. Lo anterior pone en evidencia que el abogado Noel Enrique Navarro Montiel, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa Inversiones Rebe, S.A. (REBESA) y del ciudadano Daniel De Jesús Urdaneta Mazzei, solicitó erróneamente “la remisión del conflicto de competencia surgido en la presente causa, para que sea resuelto por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en razón de ser la cúspide de la Jurisdicción Contencioso Administrativa” pues, como ya se señaló, no existe en el asunto debatido un “conflicto de competencia” entre dos órganos jurisdiccionales, toda vez que la única sentencia proferida sobre la competencia ha sido la dictada por el tribunal de la causa (Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo,) en fecha 5 de marzo de 2018.

Dispositiva

1. Se declara la INCOMPETENCIA para decidir el recurso de regulación de competencia formulado por el ciudadano Víctor José González Alarcón. 2. Se ordena enviar el expediente judicial y el cuaderno de medidas al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.

Palabras clave

regulación de competencianulidadcontencioso administrativo

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