Sentencia N° 624 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de octubre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00624, Exp. 2022-0302, 26/10/2022
Expediente2022-0302
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2022-10-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Alexis José Febres Maldonado contra la sentencia del Juzgado Vigésimo Octavo que declaró sin lugar la cuestión previa de falta de jurisdicción. La Sala concluyó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer de la demanda de desalojo presentada por Joao Fernández de Freitas, confirmando el fallo del juzgado remitente y condenando en costas a la parte demandada.

Extracto de la motiva

motivado a la “(…) falta de pago de cánones de arrendamiento y por reformas no autorizadas en el inmueble arrendado (…)”. La remisión ordenada se efectuó a los fines que este Alto Tribunal se pronuncie sobre el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Órgano Jurisdiccional remitente en fecha 4 de julio de 2022, mediante la cual declaró “sin lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada, referida al ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil relativa a la falta de jurisdicción (…)”. El 27 de septiembre de 2022, se dio cuenta en Sala y por auto de igual fecha, el Magistrado Juan Carlos Hidalgo Pandares fue designado Ponente, a los fines del pronunciamiento sobre la aludida regulación. Realizado el estudio del expediente pasa esta Máxima Instancia a decidir, previo a lo cual formula las siguientes consideraciones:

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción incoado por la representación judicial del ciudadano ALEXIS JOSÉ FEBRES MALDONADO, contra la sentencia dictada el 4 de julio de 2018 por el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda de desalojo de un local comercial incoada por el ciudadano JOAO FERNÁNDEZ DE FREITAS, contra el ciudadano ALEXIS JOSÉ FEBRES MALDONADO, en su doble condición de arrendatario y como Presidente de la sociedad mercantil SUPERMERCADO LOS 2 HERMANOS RS, C.A. 3.- Se CONFIRMA el fallo impugnado. 4.- Se CONDENA en costas a la parte demandada de conformidad con los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en la presente incidencia.

Palabras clave

arrendamientojurisdiccióndesalojoprocedimientoderechoscontrato

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