La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la Fundación Pro-Patria 2000 contra las sociedades Veneagua, C.A. y Seguros Nuevo Mundo, S.A. La sentencia establece que Veneagua, C.A. y Seguros Nuevo Mundo, S.A. deben pagar a la demandante la cantidad de 4.319.224,32 bolívares por el anticipo entregado en virtud del contrato de obra, así como 1.500.000 bolívares por concepto de indemnización por incumplimiento. Además, se ordena el cálculo de intereses moratorios conforme a lo estipulado en las condiciones generales de contratación.
Dispositiva
PRIMERO: Se condena a Veneagua, C.A. y solidariamente a Seguros Nuevo Mundo, S.A., a pagar a la Fundación Pro-patria 2000, la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 4.319.224,32), que es la suma que previa deducción de la cantidad amortizada, corresponde al anticipo entregado con ocasión del contrato de obra Nro. FP-CO-2007-09-007 suscrito el 31 de octubre de 2007. SEGUNDO: Se condena a Seguros Nuevo Mundo, S.A., a pagar a Fundación Pro-Patria 2000, la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,00), que es la indemnización convenida en el contrato de fianza de fiel cumplimiento. TERCERO: Se condena a Veneagua, C.A. y solidariamente a Seguros Nuevo Mundo, S.A., a pagar a Fundación Pro-Patria 2000, la cantidad que corresponda por concepto de intereses moratorios, que será determinada por el Banco Central de Venezuela conforme a lo previsto en el artículo 58 de las Condiciones Generales de Contratación para la Ejecución de Obras y calcularse desde el día 5 de noviembre de 2008.
Palabras clave
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