El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 095/2009, que había declarado con lugar la oposición de la empresa Químicas Polyresin, C.A. a la demanda de ejecución de créditos fiscales. La Sala confirmó que la Planilla de Liquidación N° 1100000793467 no tenía la condición de título ejecutivo debido a la falta de notificación adecuada y a la expiración de los plazos para su impugnación.
Extracto de la motiva
El conocimiento de la presente controversia por esta Superioridad se circunscribe al examen de la adecuación jurídica de la decisión dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la oposición formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil Químicas Polyresin, C.A. frente a la demanda de ejecución de créditos fiscales incoada en su contra por la representación en juicio del Fisco Nacional el 07 de noviembre de 2008, por un monto total de doscientos cuatro mil trescientos setenta y nueve bolívares (Bs. 204.379,00), por concepto de importes fiscales derivados del impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado e impuesto a los activos empresariales, y multas por contravención, todos correspondientes a los períodos impositivos comprendidos desde noviembre de 1995 a diciembre de 2004. No obstante, de los propios argumentos esgrimidos por la representación fiscal en sus correspondientes alegaciones escritas, se puede advertir claramente que el único aspecto sobre el cual manifiesta su disconformidad con el fallo recurrido en apelación está relacionado con la supuesta improcedencia del cobro compulsivo de las obligaciones tributarias exigidas a través de la Planilla de Liquidación N° 1100000793467, lo cual reduce el dictamen judicial de esta Alzada a la constatación de las denuncias formuladas sobre el referido pronunciamiento, siendo que al no manifestar la parte apelante discrepancia alguna en cuanto al resto de las declaraciones contenidas en la decisión impugnada, las mismas habrían adquirido firmeza. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 095/2009 de fecha 25 de noviembre de 2009, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró con lugar la oposición formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil QUÍMICAS POLYRESIN, C.A. frente a la demanda de ejecución de créditos fiscales incoada por la representación fiscal contra la prenombrada empresa, por los montos y conceptos descritos anteriormente. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido en apelación en los términos descritos.
Palabras clave
ejecución de créditos fiscalesoposicióntítulo ejecutivo